11 enero 2016

Boletines de prensa – ASAMBLEA NACIONAL

Quito, enero 11 de 2016 Boletín 5245

Asambleísta por un día” es una iniciativa inclusiva y democrática: Andrés Reinoso

Genera mucha satisfacción ver que los parlamentarios no solo trabajan proyectos de ley sino que analizan temas de interés ciudadano, como el emprendimiento, situaciones que aquejan diversos sectores de la patria, pero a la vez ponen su mirada en temas que permitirán al Ecuador romper barreras para darse a conocer a nivel internacional, dijo Andrés Reinoso, de profesión comunicador social, quien participó como “asambleísta por un día” en la Comisión de Desarrollo Económico.

Los temas son debatidos y analizados de manera amplia entre los diferentes integrantes de esta mesa, precisó Andrés, al señalar que “hablar de desarrollo económico es ligar la productividad del país que es el eje principal para su crecimiento sostenido y evidente”. “Es poner una mirada hacia el pequeño y mediano productor o empresa y enfocarse en los emprendimientos para generar un crecimiento global de la economía”, agregó.

Andrés Reinoso señaló que esta iniciativa de asambleísta por un día es inclusiva y democrática, pero hace falta una mayor difusión para que todos los ecuatorianos conozcan esta propuesta que permite un acercamiento directo al trabajo legislativo de la Asamblea Nacional y la participación y acercamiento directo con los parlamentarios y su labor constitucional.

Indicó que uno de los efectos positivos de difundir esta iniciativa será que los jóvenes participen con sus propuestas y juntos construir el Ecuador que queremos.

La voz de la juventud es esencial, exponer propuestas es fundamental, porque solo así se generarían beneficios para los jóvenes, en un futuro cercano, concluyó.

JLVN/pv

Quito, 11 de enero de 2016 Boletín 5247

Ley de Gestión de la Identidad garantiza derechos de hijas e hijos

El proyecto de Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles, es una normativa que se ajusta a las actuales disposiciones constitucionales relacionadas con la adopción. En este marco, la norma establece que previo a la inscripción y registro de adopciones será necesaria la sentencia del juez competente, quien deberá observar los preceptos constitucionales y legales.

Para la inscripción y registro de la adopción se generará una nueva inscripción de nacimiento, en la que no se mencionará tal circunstancia, con la cancelación previa de la inscripción original, mediante un registro que dé cuenta de la adopción y mantenga el número único de identificación (NUI) asignado en el certificado estadístico de nacido vivo.

De acuerdo con el cuerpo legal, la inscripción y registro de las adopciones se efectuarán en la Dirección Nacional de Gestión de la Identidad y Datos Civiles que es competente para las inscripciones de nacimientos en general.

En cuanto a la inscripción y registro de una adopción realizada en el exterior por personas ecuatorianas o residentes permanentes en el Ecuador, se requerirá la sentencia homologada de la adopción o la resolución del acto administrativo cuando corresponda conforme a las leyes del país en el que se realizó la adopción.

Para que la filiación en caso de adopciones realizadas ante autoridades administrativas o judiciales extranjeras surta efecto en el Ecuador, esta se probará con documento válido conforme a las normas del país en el que se produjo la adopción cuando esta se realice vía administrativa; y, con la sentencia homologada cuando se realice vía judicial.

Cabe recalcar que, el registro de la adopción podrá ser solicitado por cualquiera de los adoptantes siempre que no contravenga a la legislación ecuatoriana.

Según la normativa, el hijo o la hija adoptada llevará el primer apellido de cada uno de los adoptantes en el orden que hayan convenido de común acuerdo; en el caso de que no exista acuerdo, precederá el apellido paterno al materno. Este orden de apellidos se mantendrá para la descendencia futura o posteriores adopciones.

En caso de que la pareja haya tenido descendencia previa conjunta, los apellidos del hijo o hija adoptada guardarán el orden de los apellidos determinados a esa descendencia previa.

GC/pv

Quito,11 de enero de 2016 Boletín 5248

El Pleno sesionará este martes. En la agenda, la reforma a Ley de Economía Solidaria

La sesión No. 363 del Pleno está convocada para este martes 12 de enero, a las 09h30, con el fin de tratar en primer debate el proyecto de reformas a la Ley de Economía Popular y Solidaria, según la disposición de la presidenta de la Asamblea Nacional, Gabriela Rivadeneira.

El proyecto de ley tiene 160 artículos; 11 disposiciones generales; 19 transitorias; 4 reformatorias; 1 derogatoria; y, 1 final y tiene por finalidad prevenir, detectar oportunamente, sancionar y erradicar el lavado de activos y el financiamiento de delitos, en sus diferentes modalidades.

El debate se realizará sobre la base del informe de la Comisión del Régimen Económico, cuyos integrantes consideraron que son necesarias las reformas, porque falta claridad en la definición e identificación del sector; insuficiente normativa regulatoria para los sectores comunitario y asociativo; lentitud en el registro, catastro y obtención de personería de los actores del sector.

También advirtieron dificultades para la obtención de títulos habilitantes necesarios para el desenvolvimiento económico de los actores de la economía popular y solidaria, como el Registro Único de Proveedores, Registro Sanitario, acceso al Régimen Simplificado de Tributación para organizaciones.

Hay inconvenientes en el registro y control de las unidades productivas existentes dentro del sector; imprecisiones que generan controversias en torno al régimen legal aplicable al trabajo solidario; dificultades en la regulación vigente provocadas por la actividad múltiple y las diversas modalidades de integración asociativa, propias de las cooperativas y demás organizaciones.

Además, existe insuficiencia de las medidas de incentivo, fomento y promoción del sector; demora y dificultad en la tramitación de los procesos de liquidación de cooperativas, especialmente las de vivienda; escasas medidas para el fomento en actividades forestales y la construcción de vivienda social.

A través de la normativa se busca detectar la propiedad, posesión, utilización, oferta, venta, corretaje, comercio interno o externo, conversión y tráfico de activos que fueren resultado o producto de delitos, o constituyan instrumentos de ellos, para la aplicación de las sanciones correspondientes; la organización de sociedades o empresas que tengan ese propósito; y, la gestión, financiamiento o asistencia técnica encaminados a hacerlas posibles, para la aplicación de las sanciones correspondientes.

Así mismo, decomisar, en beneficio del Estado, los activos de origen ilícito; y, realizar las acciones y gestiones necesarias para recuperar los activos que sean producto de los delitos mencionados en esta ley, que fueren cometidas en territorio ecuatoriano y que se encuentren en el exterior.

PV

Quito,11 de enero de 2016 Boletín 5249

Directivos del SRI y Federación de Notarios acudirán hoy a Régimen Económico

El presidente de la Comisión de Régimen Económico, Virgilio Hernández, convocó para este lunes 11 de enero, a partir de las 15:00, al economista Leonardo Orlando, Subdirector General de Cumplimiento Tributariodel SRI y al doctor Jorge Machado, presidente de la Federación Ecuatoriana de Notarios, con la finalidad de escuchar sus aportes al proyecto de Ley Orgánica para Evitar la Elusión del Impuesto a la Renta sobre Herencias, Legados y Donaciones.

La normativa busca establecer mecanismos para evitar prácticas que evaden el pago del impuesto a la renta sobre las herencias, legados y donaciones, como son las transferencias a fideicomisos nacionales o extranjeros, la constitución de derechos de usufructo o de las compañías en paraísos fiscales o en países con acceso restringido a los datos que permitan conocer la identidad de los socios, entre otras.

Así mismo, determina que los registradores de la propiedad y mercantil, notarios, instituciones financieras y dependencias de la Función Judicial, antes de proceder a cualquier trámite requerido para la celebración de la posesión efectiva, inscripción del testamento, cesión de cualquier tipo de derecho sucesorio o para el perfeccionamiento de la transmisión o transferencia de dominio a título gratuito de derechos, depósitos y otros bienes, deberán verificar que se haya declarado y pagado, cuando corresponda, el impuesto a la renta sobre herencias, legados o donaciones y todo incremento patrimonial gravado con este impuesto.

Los notarios, en los casos en los que hubiere lugar, no podrán otorgar las escrituras de posesión efectiva, sin la presentación del recibo de pago de dicho impuesto, otorgado por el Servicio de Rentas Internas, por lo tanto, será ineficaz la escritura pública de posesión efectiva en la que falte el señalado documento.

Además, establece que los valores recaudados por concepto de impuesto a la renta sobre herencias, legados y donaciones se destinará a becas de educación superior para comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, pueblo afroecuatoriano y pueblo montubio.

Cabe indicar que la semana anterior, los parlamentarios iniciaron el tratamiento de este cuerpo legal, de iniciativa del Ejecutivo, con la lectura del proyecto, luego de lo cual los parlamentarios resolvieron citar algunas autoridades vinculadas con la propuesta legal y escuchar a diferentes sectores para que den sus opiniones respecto de este tema.

Luego de escuchar a los representantes del SRI y de la Federación Ecuatoriana de Notarios, los legisladores darán lectura y votarán el informe para primer debate del proyecto de reformas al artículo 65 de la Ley de Minas

JLVN/pv

Quito, 11 de enero de 2016 Boletín 5257

Agenda Legislativa 2016 contempla el tratamiento de 36 leyes

La presidenta de la Asamblea Nacional, Gabriela Rivadeneira, miembros del CAL (Consejo de Administración Legislativa) y presidentes de las comisiones dieron a conocer la agenda legislativa para este 2016, que contempla el tratamiento de 36 leyes con el objetivo de fortalecer y expandir derechos ciudadanos.

Estas propuestas de normativas que son impulsadas por cada una de las comisiones legislativas se constituyen en hoja de ruta que guiará la labor de la Asamblea Nacional durante este año, mencionó Gabriela Rivadeneira. A la vez, hizo un repaso de cada una de estas normativas en diferentes ámbitos. “Estas leyes están directamente relacionadas con un cambio estructural del país”, precisó.

Leyes y comisiones

La principal del Legislativo reseñó cada una de las leyes que se encuentran en trámite en las diferentes comisiones.

En la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, dijo, están la Ley Reformatoria al Código Orgánico Integral Penal, la Ley Reformatoria la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y el Código Orgánico Administrativo.

En la Comisión de los Derechos de los Trabajadores “tenemos todas las reformatorias de leyes que tienen que ver con el servicio público”, mencionó, tras reconocer que esta comisión ya ha presentado al CAL el proyecto de reformas a las leyes que rigen el sector público. En esta comisión están además la Ley Integral de Seguridad Social y el Código del Trabajo.

En la Comisión de Régimen Económico están las leyes Reformatoria a la Ley de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos; el Código del Comercio, Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria y la Ley Orgánica para evitar la Elusión del Impuesto la Renta sobre Herencias, Legados y Donaciones.

En la Comisión de Desarrollo Económico está la Ley de Fomento Artesanal, la Ley Orgánica de Turismo y la Ley del Sistema de Infraestructura Vial.

En la Comisión de Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales está la Ley Orgánica de Movilidad Humana, Ley Reformatoria a la Ley de Seguridad Privada, Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público.

En la Comisión de Biodiversidad y Recursos Naturales reposa el Código Orgánico del Ambiente, que al momento pasa por una consulta prelegislativa. Confirmó además que esta Comisión presentará un cronograma de visitas a territorio en estos días.

La Comisión de Soberanía Alimentaria, por otro lado, se encuentra tramitando la Ley Orgánica de Agrobiodiversidad, Semillas y Fomento Agroecológico, la Ley de Pesca y la Ley de Sanidad Animal.

En la Comisión de Gobiernos Autónomos Descentralizados están las reformas a la Ley del Sistema Nacional de Contratación Pública, al COOTAD; así como la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo y la Ley Orgánica para la Circunscripción Territorial Especial Amazónica.

En la Comisión de Educación está el Código Orgánico de la Economía Social de los  Conocimientos, Creatividad e Innovación (Código Ingenios), el cual se encuentra en consulta prelegislativa, recordó. Destacó además las Leyes Orgánica de Culturas, de Extinción de las Universidades y Escuelas Politécnicas suspendidas por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior y la Ley Reformatoria a la Ley de Creación de la Universidad Estatal Amazónica.

En la Comisión del Derecho a la Salud están la Ley de Seguros Médicos y Medicina Prepagada, el Código Orgánico de la Salud y la reforma a la Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células.

Indicó además que en la Comisión de Participación Ciudadana y Control Social están las reformas a la Ley Orgánica de la Función Legislativa, a la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas del Ecuador, Código de la Democracia y la Ley para la Presentación y Control de las Declaraciones Patrimoniales Juradas.

En la Comisión de Derechos Colectivos Comunitarios, finalmente, están las Leyes Orgánica de Derechos Lingüísticos  de los Pueblos y Nacionalidades, Orgánica de Comunas y el Código Orgánico del Ciclo de Vida, mismo que busca proteger a los ecuatorianos desde el vientre materno hasta los ancianos, afirmó.

Leyes que se construyen con la ciudadanía

La principal del Legislativo explicó que se trata de una agenda inicial, que puede tener en su trayecto algunos cambios sustanciales presentados por iniciativa legislativa, de otras funciones del Estado e iniciativa ciudadana. En este sentido mencionó que la participación ciudadana será un eje capital en el desarrollo de las leyes.

Es nuestro objetivo que este año podamos tener al menos una ley presentada por la ciudadanía u organizaciones sociales como en este caso fue la Ley de Tierras y en ese sentido seguir alimentando, en el año 2016, una agenda legislativa que nos permita trabajar a este colectivo de asambleístas que sabe de su rol histórico”, señaló.

Precisó que el trabajo de los asambleístas se irá fortaleciendo con iniciativas ciudadanas, además de otras que busquen principalmente mantener y fortalecer el desarrollo económico del país.

JS

Quito, 11 de enero de 2016 Boletín 5250

Ley de Tierras regula formas de propiedad agraria

Con el objetivo de garantizar no solo la soberanía alimentaria, sino la redistribución de la tierra productiva, así como reconocer el uso y usufructo del comunero y su familia, sobre la parte de tierra que le ha sido asignada, la Asamblea Nacional aprobó la Ley de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales, el pasado jueves 7 de enero.

Otro eje medular de la ley corresponde la regulación de las funciones social y ambiental de la tierra rural. Si la función social guarda relación con la democratización de la tierra, la función ambiental con el respeto de los derechos de la naturaleza. La primera, contempla la generación de empleo, la redistribución equitativa de ingresos, la utilización productiva y sustentable de la tierra.

Mientras que la segunda, asegura la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas, que implican el manejo integral de cuencas hidrográficas, áreas forestales, bosques, ecosistemas frágiles como humedales, páramos y manglares.

Dentro de este marco, es que la propiedad agraria debe entenderse como las distintas formas de dominio sobre la tierra en áreas rurales, ya sea que ésta tenga vocación agrícola, pecuaria, agropecuaria, forestal, hidrobiológica, ecológica, paisajística o, de alto contenido de biodiversidad. El Capítulo 2, Art. 5, señala las formas de propiedad agraria:

  • Tierras de propiedad estatal que son parte del patrimonio del sector público.
  • Tierras de propiedad privada, adquiridas por los particulares en provecho de sus intereses específicos.
  • Tierras de propiedad asociativa, adquiridas para las asociaciones –agropecuarias, juntas de regantes, corporaciones de productores- para su uso y aprovechamiento.
  • Tierras de propiedad cooperativa que pertenecen a cualquiera de las organizaciones del sistema cooperativo nacional.
  • Tierras de propiedad mixta. Son adquiridas en copropiedad por el Estado y alguna de las demás formas que conforman parte del sistema económico -sector privado, popular o solidario-.
  • Tierras de propiedad comunitaria para beneficio de un colectivo social –comunas-.
  • Territorios de pueblos y nacionalidades indígenas que sintetizan la identidad de esas colectividades y donde surgen las condiciones para su producción y reproducción social y cultural.

PJ/pv

Quito, 11 de enero de 2015 Boletín 5253

Apremio nocturno en caso de pensión alimenticia pasa por reforma a Código de Niñez

El presidente de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, Mauro Andino, manifestó que para efectivizar el tema del apremio nocturno de una persona que está en mora en el pago de las pensiones alimenticias, a fin de que pueda trabajar en el día y, de esa manera, cumplir las obligaciones con sus hijos, habría que hacer una reforma a los códigos de la Niñez y Orgánico General de Procesos (COGEP).

Al incorporar esa reforma, se podría viabilizar y hacer realidad lo que el presidente de la República, Rafael Correa Delgado, propuso el último sábado, en el enlace ciudadano, precisó el representante de la provincia de Chimborazo.

Aclaró que lo que tiene que ver a pensiones alimenticias va directamente con el Código de la Niñez y Adolescencia, mientras lo relativo al procedimiento está encasillado en el Código Orgánico General de Procesos, que entrará en vigencia en el mes de mayo.

Por tanto, continuó, hay que diferenciar entre lo que significa el Código Integral Penal con lo que significan pensiones alimenticias o responsabilidades compartidas de los padres o de quienes están a cargo de los niños, niñas y adolescentes o de quienes tienen derecho a una pensión alimenticia.

Enfatizó que el Primer Mandatario ha mencionado la posibilidad que exista un apremio nocturno, con la finalidad de que los ciudadanos involucrados en el incumplimiento de pensiones alimenticias puedan salir a trabajar; habrá que esperar alguna iniciativa por parte de los propios asambleístas o el Ejecutivo, luego procesarla y discutir la conveniencia o no de la misma, agregó.

Incluso, es fundamental saber si en el país contamos o no con los famosos brazaletes electrónicos que serían ubicados en el tobillo o en la muñeca, al recordar que en el Código Penal se estableció un plazo para la implementación de este sistema que evitaría el hacinamiento en los centros de rehabilitación social y que también se orientaría a delitos considerados menores.

Finalmente, subrayó que es clave analizar y ver la pertinencia de la medida, tomando en cuenta la existencia suficiente del brazalete y toda la logística.

MG/pv

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