03 diciembre 2015

LA ANT REFORMA EL REGLAMENTO RELATIVO A LOS PROCESOS DE LA REVISIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR

El Directorio de la Agencia Nacional de Tránsito, -ANT-, ejerciendo sus facultades, ha emitido la Resolución Nro. 082-DIR-2015-ANT, sobre la “REFORMA AL REGLAMENTO RELATIVO A LOS PROCESOS DE LA REVISIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR”.

 

En la indicada Resolución, se dispone que el tiempo máximo para realizar una revisión técnica vehicular por segunda, tercera y cuarta vez, será de hasta 30 días, contados a partir del día de la no aprobación.

 

Para el caso de carga pesada se elimina el cuadro de vida útil, y en su lugar,  dicha Resolución establece que los vehículos a partir de su último año de vida operativa, deberán aprobar la revisión técnica vehicular, previo a la obtención de su matrícula, para prestar el servicio.

 

Para el resto de la trasportación, tanto pública como comercial, se mantiene la vida útil conforme al cuadro aprobado en esta Resolución.

 

 

 

El documento completo, se lo puede encontrar en el enlace:

 

http://www.ant.gob.ec/index.php/transito-7/resoluciones-2015/file/3273-resoulcion-no-082-dir-2015-ant-reforma-al-reglamento-relativo-a-los-procesos-de-la-revision-de-vehiculos-a-motor

 

 

LB/CD

Comunicación Social

Zona 7

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