Farmacias deben brindar atención normal al público

La Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria(Arcsa), recuerda a las farmacias de Azuay, Cañar y Morona Santiago la obligatoriedad de atender mínimo 12 horas diarias y cumplir con el calendario de turnos de farmacias, con el propósito de garantizar la atención 24 horas, sin interrupción.
Según lo establecido en la Ley Orgánica de Salud, en su artículo 166: “Las farmacias deben atender al público un mínimo de doce horas diarias, ininterrumpidas y cumplir obligatoriamente los turnos establecidos por la autoridad sanitaria nacional”; quienes incumplan esta normativa y de acuerdo con el Art. 244 de la misma ley, serán sancionados con multa de cinco salarios básicos unificados y la clausura.
Quienes deseen conocer las farmacias que se encuentren de turno en la Zona 6, pueden acceder a la información a través de la página web www.controlsanitario.gob.ec
Además sugerimos a los establecimientos:
- Limpiar constantemente los espacios de atención al público cada 30 minutos. Productos como el cloro, alcohol o desinfectantes son adecuados para realizar los procesos de sanitización.
- Disponer de gel antibacterial o alcohol para que los usuarios puedan desinfectar sus manos.
- Colocar jabón líquido y toallas de papel en baños del establecimiento.
- Limitar el acceso de personas al establecimiento; en caso de que se requiera hacer fila afuera del establecimiento, mantener una distancia minina de un metro entre persona y persona.
Recordamos también que se encuentra prohibida la venta de antibióticos, antigripales, antitusígenos, antiinflamatorios sin receta médica, esto con el fin de evitar la automedicación por parte de la población.
Si la ciudadanía encontrara alguna irregularidad en el cumplimiento de los horarios de atención o los turnos de farmacias, puede alertar a la Agencia a través de la aplicación Arcsa Móvil o nuestras redes sociales en Facebook Coordinación Zonal 6 de Arcsay Twitter @Arcsa_CZ6.
Para que tú estés bien, hacemos las cosas bien.
DCS – AGENCIA NACIONAL DE REGULACIÓN, CONTROL Y VIGILANCIA SANITARIA.