CASO EMPRESA DE PAQUETERÍA OGC ESPAÑA LA ADUANA SOLICITA INICIAR TRÁMITE PARA ENTREGA DE PAQUETERÍA
El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) informa que los siguientes contenedores NO han podido ser despachados por la poca afluencia de afectados que se han acercado a generar su liquidación.
Recordamos que las entregas están basadas en la información proporcionada en este proceso investigativo por la Fiscalía General del Estado, a continuación se adjunta el detalle en el que consta el listado de remitentes –beneficiarios que podrán aplicar al proceso de entrega:
Descargue aquí: http://www.aduana.gob.ec/files/uploads/Listado%20OGC.pdf
Los pasos que deben seguir los ciudadanos que identifiquen sus pertenencias en estos contenedores y se encuentren en el listado descargado son los siguientes:
1) Descargar y llenar información de la declaración juramentada (NO se requiere que sea notariada).
2) Acercarse al distrito más cercano a presentar la declaración juramentada, la cual debe ser suscrita en presencia de un funcionario de la Aduana asignado para su atención.
3) El funcionario aduanero generará la liquidación por concepto de tributos, según lo establecido por el COMEX, mediante resolución 020-2016. Adicional se debe generar la tasa por concepto de paquetería por el valor de $10,oo (Diez Dólares Americanos 00/100), en las agencias bancarias autorizadas.
4) El ciudadano deberá pagar las liquidaciones correspondientes.
5) Una vez consolidada las liquidaciones pagadas, se comunicará el cronograma para la apertura de contenedores y entrega de paquetería. Actividad que iniciará el lunes, 21 de noviembre de 2016.
Por otro lado, desde el 15 de diciembre de 2016, la institución dispuso la recepción de poderes en este, único caso:
“El remitente- beneficiario que se encuentre en el extranjero y que haya remitido los paquetes inmersos en el caso OGC, puede autorizar a terceras personas para que procedan a retirar dichos paquetes en el territorio nacional, dicha autorización-poder debe ser legalizada por el cónsul ecuatoriano en el extranjero, según las formalidades del artículo 23 de la Ley de Modernización.”
De la misma forma, se invita a los perjudicados en general se acerquen a solicitar la liquidación de sus bienes, con la que podrán realizar la cancelación de los valores en las agencias bancarias autorizadas.
El SENAE seguirá receptando la documentación, durante los siguientes días y conforme a este indicador se seguirá publicando la fecha de las próximas aperturas.
Dirección de Comunicación
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador SENAE
