14 noviembre 2017

DORIS SOLÍZ, FOMENTA PREVENCIÓN DEL CÁNCER DE MAMA Y CÉRVICO UTERINO

Consiente, de que la prevención del desarrollo de enfermedades, que en muchos de los casos conllevan hasta la muerte a personas que lo padecen; la Asambleísta Azuaya Doris Solíz, propuso el “PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN DE CÁNCER DE MAMA Y DE CÁNCER CÉRVICO – UTERINO”, ante la Asamblea Nacional del Ecuador.

 

Propuesta que fue socializada el día de hoy en la “Casa legislativa del Azuay” con ´´representantes del “Frente de Mujeres del Azuay” y el Asambleísta (a) de EE.UU. y Canadá, Carlos Ortega.

 

La asambleísta Doris Solíz, explicó que esta  propuesta busca establecer mecanismos eficaces y universales de prevención del “Cáncer de Mama y Cérvico – Uterino”, a través del derecho en el sistema de salud, que permitan a las mujeres  para qué se  realicen exámenes anuales de mamografía y papanicolau; accionar que a su vez  exige a  los empleadores ya sea del sector público o privado a  dar las facilidades para la realización de dichos análisis.

 

“En el contexto de materializar nuestro compromiso con la Patria y contribuir  desde el poder legislativo a profundizar la protección a las mujeres, misma que ha venido instrumentándose desde hace diez años, tomamos la iniciativa de fomentar una nueva normativa, con la cual buscamos garantizar la aplicabilidad de las normas de la Constitución de la República a favor de las mujeres ecuatorianas, en especial en el ámbito de su salud sexual y reproductiva, por lo cual propongo este proyectos de ley “ puntualizó la Asambleísta Azuaya.

 

Entre otros beneficios la legisladora citó los siguientes:

 

.- La mujer que labora en el  sector  público o privado, deberá dar aviso a su empleador  por lo menos con 2 días de anticipación y la misma no podrá ser negada por ninguna circunstancia. En caso de tener la trabajadora más de un empleo en el sector privado, el aviso lo cursará simultáneamente a todos los empleadores.

 

.-  Las mujeres trabajadoras del sector público o privado que hubiesen gozado de la licencia con remuneración a que hace mención la presente Ley, deberán acreditar en forma fehaciente ante el o los empleadores la realización del estudio o análisis en cuestión, en un término no mayor de tres días, contados a partir de la fecha de dicha realización, con la presentación del respectivo certificado emitido por el centro de salud en el cual se realizó de los exámenes.

 

.- Los centros de salud tanto públicos como privados tienen la obligación de posibilitar la realización conjunta de los exámenes de Papanicolau y radiografía mamaria a las mujeres trabajadoras del sector privado y a las servidoras del sector público.

 

.- Todo empleador público o privado tiene la obligación de informar en detalle a las mujeres trabajadoras o servidoras públicas, del derecho que les asiste y de lo dispuesto en la presente Ley.

 

“Es una ley muy concreta, sencilla y eficaz, en la que estamos involucrados todos, sobre todo los medios de comunicación quienes cumplirán un papel fundamental en su difusión”   recalcó la legisladora Solíz.

 

Datos

 

En el Ecuador el cáncer de mama se ubicó como el cáncer más frecuente entre la población femenina en el Ecuador, ya que 35 de cada 100.00 mujeres lo padecen, superando al cáncer de cuello uterino que a su vez es el segundo tipo de cáncer más frecuente entre las mujeres del país, ya que 20 de cada 100.000 mujeres lo padecen, de la misma manera.

 

La tasa de incidencia por edades muestra un aumento del riesgo a desarrollar cáncer de seno a partir de los 35-40 años, con un incremento de la incidencia por encima de 80 casos por cada 100.000 habitantes a partir de los 45 años, llegando a tasas de 140 casos por cada 100.000 habitantes en las edades comprendidas entre 60 y 64 años.

 

 MA ELENA CALDAZ

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